Deberes de los funcionarios
Diferencias entre permisos y licencias oficiales
Debe notarse bien la diferencia entre los permisos y licencias de los funcionarios público.
Por un lado, prometido es el poder que el empleador, en este caso la administración, confiere a sus empleados de esa manera puede estar ausente por algún tiempo tu trabajo. Desde el otro lado licencias Son un tipo de permiso Qué concesión significa la terminación temporal del contrato de trabajo.
Hoy, sin embargo, la distinción entre los dos conceptos es algo borrosa. De hecho, a menudo se usan entre sí, por ejemplo, para el matrimonio.
Permisos y licencias para funcionarios públicos
¿Cuáles son los principales permisos y licencias para empleados públicos?
Cada permiso o licencia tiene sus propias especificidades en cuanto a la remuneración de los funcionarios públicos. Es importante asegurarse de que la administración se aplique a usted en cualquier caso. Explicamos los principales permisos y licencias de los funcionarios estatales.
1. Por motivos de salud
- Junto a él muerte, enfermedad grave o accidente de un ser querido: 2 o 3 días laborables, según ratio, si es en la misma ubicación; 4 o 5 si necesitas un viaje.
- Junto a él hospitalización de niños prematuros o que deben permanecer en el centro después del parto: un máximo de 2 horas diarias.
- Sest cuidado de niños discapacitados, ancianos menores de 12 años o familiares directos por edad, enfermedad o accidente: posibilidad de acortar la jornada laboral.
- Sest visitar a un familiar de primer grado con una enfermedad muy grave: posibilidad de reducir la jornada laboral hasta un 50% en un mes. Si varias personas solicitan el mismo permiso, el tiempo se dividirá proporcionalmente entre ellas.
- Sest Ve al doctor: tiempo esencial.
- Junto a él enfermedad sin un folleto: 4 días al año, no más de 3 días consecutivos.
2. Razones relacionadas con el embarazo o los niños
- Sest asistir a exámenes ginecológicos y preparación para el parto: tiempo insustituible.
- Licencia de maternidad: desde la semana 35 si es más, desde la semana 37 si no, hasta el parto.
- Licencia por lactancia para un niño menor de un año: 1 hora diaria, que se puede dividir en dos sesiones. Canjeable por jornada reducida o días completos.
- Licencia de maternidad: 16 semanas, 18, si es nacimiento múltiple.
- Baja por paternidad: 4 semanas ininterrumpidas y 2 días más por cada hijo desde el primero.
3. Otras razones
- Participa en las actividades de la Unión.
- Sest tomar exámenes oficiales: fecha de realización.
- Sest asistir a cursos de formación relacionados con el trabajo trabajo: máximo 40 horas al año.
- Junto a él cumplimiento de una obligación personal o el público inevitable: una época insustituible.
- Cosas personales: 6 días al año, aunque aumentan según antigüedad.
- Por matrimonio: 15 días naturales.
- Para traslado a domicilio: 1 día.
- Vacaciones sin pago: máximo 3 meses cada 2 años.
- Víctimas de violencia de género y terrorismo: reducción de jornada y flexibilidad laboral.
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Este artículo contiene bastantes errores de terminología que pueden llevar a errores. Por favor, revisen minuciosamente lo que han redactado. Saludos.
Asimismo, las funcionarias victimas de violencia sobre la mujer o de violencias sexuales, para hacer efectiva su proteccion o su derecho de asistencia social integral, tendran derecho a la reduccion de la jornada con disminucion proporcional de la retribucion, o a la reordenacion del tiempo de trabajo, a traves de la adaptacion del horario, de la aplicacion del horario flexible o de otras formas de ordenacion del tiempo de trabajo que sean aplicables, en los terminos que para estos supuestos establezca el plan de igualdad de aplicacion o, en su defecto, la Administracion Publica competente en cada caso. e) Permiso por cuidado de hijo menor afectado por cancer u otra enfermedad grave: el funcionario tendra derecho, siempre que ambos progenitores, guardadores con fines de adopcion o acogedores de caracter permanente trabajen, a una reduccion de la jornada de trabajo de al menos la mitad de la duracion de aquella, percibiendo las retribuciones integras con cargo a los presupuestos del organo o entidad donde venga prestando sus servicios, para el cuidado, durante la hospitalizacion y tratamiento continuado, del hijo menor de edad afectado por cancer (tumores malignos, melanomas o carcinomas) o por cualquier otra enfermedad grave que implique un ingreso hospitalario de larga duracion y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente acreditado por el informe del servicio publico de salud u organo administrativo sanitario de la comunidad autonoma o, en su caso, de la entidad sanitaria concertada correspondiente y, como maximo, hasta que el hijo o persona que hubiere sido objeto de acogimiento permanente o de guarda con fines de adopcion cumpla los 23 anos. En consecuencia, el mero cumplimiento de los 18 anos de edad del hijo o del menor sujeto a acogimiento permanente o a guarda con fines de adopcion, no sera causa de extincion de la reduccion de la jornada, si se mantiene la necesidad de cuidado directo, continuo y permanente.